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El comité de Megasa alerta de que nada cambia con la nueva orden de interrumpibilidad

El presidente del comité de empresa de Megasa, Carlos Bascoy, aseguró ayer que la orden que publicó el viernes el Ministerio de Industria, Energía y Turismo apenas introduce variaciones con respecto a la que está en vigor y que ha llevado a la siderúrgica de Xuvia a una situación de desventaja competitiva con respecto a otras empresas del mismo sector, principalmente Celsa Barcelona.

La normativa que regula el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad “mantén as cousas como estaban”, es decir, con dos tipos de producto en función del potencial de reducción que se pone a disposición de la red eléctrica general, uno de 5 MW en el que se inscribiría Megasa y otro de 90 MW al que, explicó el presidente del comité, puede acceder con relativa facilidad Celsa, entre otras.

Bascoy, no obstante, quiere conocer el resultado de la subasta de los bloques de potencia interrumpible, dentro de aproximadamente dos meses, así como la opinión de la dirección de Megasa, a la que el comité solicitó una reunión a la mayor brevedad, esta misma semana, para valorar el nuevo escenario. El  representante de los trabajadores subrayó que en los encuentros que han mantenido con la empresa desde el mes de mayo se les trasladaron las dificultades a las que se enfrentaría si no se modificaba la normativa.
De todos modos, Carlos Bascoy señaló que el contenido de esta nueva orden viene a confirmar sus peores presagios y volvió a apuntar al Partido Popular como responsable de la actual situación por la que atraviesa la compañía.

"un resquicio"
Solo existe, incidió el presidente del comité de empresa, un resquicio por el que podría llegar algo de oxígeno y, en ese sentido, recordó que la orden incluye un parámetro de cumplimiento del producto de 90 MW que Celsa podría no alcanzar. Cabe recordar que la orden establece como uno de los requisitos para prestar el servicio de interrumpibilidad “acreditar que ofrece un consumo efectivo y verificable superior a los 90 MW sobre una potencia residual de referencia declarada por el consumidor durante al menos el 91% de las horas de cada mes”, una exigencia que no se contempla en la orden que se aprobó en diciembre del año pasado.


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J.Aguilar

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